¿Qué se considera una operación cubierta por la sección 23a debido a la norma de atribución?

El artículo 23A también contiene una norma de atribución, que considera que una transacción entre un banco y un tercero es una transacción cubierta si el producto de la transacción se utiliza en beneficio de una filial del banco o se transfiere a ésta.

¿Qué son las operaciones cubiertas por el artículo 23A?

La sección 23A prohíbe a un banco realizar una “transacción cubierta” con una filial si, después de la transacción, (1) el importe agregado de las transacciones cubiertas del banco con esa filial en particular superaría el 10% del capital social y el superávit del banco, o (2) el importe agregado de las transacciones cubiertas del banco

¿Cuál de las siguientes se considera una transacción cubierta?

Transacción Cubierta significa la venta al contado de cualesquiera Valores de la Sociedad, cuando el objetivo principal de dicha oferta sea obtener capital social para la Sociedad.

¿Qué es la norma 23A?

La Sección 23A y el Reglamento W prohíben que un banco acepte activos de baja calidad como garantía de una operación cubierta, así como activos intangibles, garantías, cartas de crédito y valores de renta variable del banco prestamista.

¿Qué es la Sección 23A de transacciones con filiales?

La sección 23A (1) designa los tipos de empresas que son filiales de un banco; (2) especifica los tipos de transacciones cubiertas por el estatuto; (3) establece las limitaciones cuantitativas de las transacciones cubiertas de un banco con cualquier filial individual, y con todas las filiales combinadas; y (4) establece los requisitos de garantía.
20 de diciembre de 2022

¿Qué son las exenciones super 23A?

Las principales exenciones de la Sección 23A se refieren a: (i) ampliaciones de crédito garantizadas por valores públicos o por una cuenta de depósito segregada y asignada; (ii) compras de determinados activos que tengan una cotización de mercado públicamente disponible y fácilmente identificable y que se adquieran a esa cotización; (iii) compras de determinadas
6 de febrero de 2020

¿Qué son las secciones 23A y 23B de la Ley de la Reserva Federal?

Las secciones 23A y 23B y el Reglamento W limitan los riesgos para un banco de las transacciones entre el banco y sus filiales. La Sección 23A se aplica específicamente a los bancos miembros; sin embargo, la Sección 18(j) de la Ley Federal de Seguro de Depósitos extiende las disposiciones de la Sección 23A a los bancos asegurados no miembros.

¿Qué es una operación cubierta a efectos fiscales?

Under these rules, transaction costs associated with certain “covered” transactions receive favorable tax treatment. 2. Covered transactions include various reorganizations and taxable acquisitions; the rules generally exclude non-taxable, divisive and other corporate transactions.

¿Qué se entiende por transacción cubierta?

Se entiende por operación cubierta cualquier operación de crédito al consumo garantizada por la vivienda principal del consumidor.

¿Qué es una transacción cubierta en el blanqueo de capitales?

SECCIÓN 1. La Sección 3, párrafo (b), de la Ley de la República No. 9160 queda enmendada como sigue: “(b) ‘Transacción cubierta’ es una transacción en efectivo u otro instrumento monetario equivalente que implique un importe total superior a Quinientos mil pesos (P500.000,00) dentro de un (1) día bancario.”

¿Qué se entiende por transacción cubierta?

Se entiende por operación cubierta cualquier operación de crédito al consumo garantizada por la vivienda principal del consumidor.

¿Qué es una operación de cobertura?

Una transacción cubierta es una transacción de adquisición o no adquisición que está sujeta a las prohibiciones de esta parte. Puede ser una transacción en – (a) El nivel primario, entre una agencia federal y una persona (véase el apéndice de esta parte); o.

¿Qué es la declaración de operaciones cubiertas?

“TRANSACCIÓN CUBIERTA” ES UNA TRANSACCIÓN EN EFECTIVO U OTRO INSTRUMENTO MONETARIO EQUIVALENTE QUE IMPLICA UN IMPORTE TOTAL SUPERIOR A QUINIENTOS MIL PESOS (PHP500.000,00) DENTRO DE UN (1) DÍA BANCARIO. 7.