¿Qué son los valores del Reglamento S?

El Reglamento S es una exención de registro que sólo permite vender valores a inversores no estadounidenses (acreditados o no acreditados) exclusivamente fuera de Estados Unidos.

¿Qué es el Reglamento S frente al Reglamento D?

El Reglamento S es similar al Reglamento D en el sentido de que exime del registro de valores privados en la SEC. La principal diferencia es que el Reglamento S está destinado a ofertas dirigidas exclusivamente a inversores internacionales.

¿Qué es el Reglamento S y el 144A?

Bonos Reg S y Rule 144A
En virtud de la Regla 144A, los Compradores Institucionales Cualificados (QIB, por sus siglas en inglés) pueden negociar títulos de deuda sin necesidad de registro ni revisión por parte de la Comisión de Bolsa y Valores (SEC, por sus siglas en inglés). El tipo de bono Reg S está disponible para ofertas y transacciones de valores fuera de EE.UU. a QIB estadounidenses y no estadounidenses.

¿Qué es un código ISIN Reg S?

Por lo general, a los bonos RegS y 144A se les asignan dos conjuntos distintos de códigos de identificación de valores. Normalmente, los bonos Reg S obtienen un código común y un Número Internacional de Identificación de Valores (“ISIN”) y suelen ser aceptados para su compensación a través de los sistemas Clearstream, Luxemburgo y Euroclear.

¿Qué es el Reglamento S de Categoría 3?

El Reglamento S exige a los emisores estadounidenses y de otras categorías 3 que pretendan realizar ofertas de acciones en el extranjero, entre otras cosas, la leyenda de sus certificados de acciones como medio de hacer cumplir las restricciones de reventa a personas estadounidenses aplicables durante el período conocido como “período de cumplimiento de distribución”. En la práctica

¿Puede un mismo valor ser 144A y Reg S?

Estructuración de una reventa en virtud de la Norma 144A
Las reventas al amparo de la Rule 144A se combinan a menudo con una oferta al amparo del Reglamento S y se denominan ofertas al amparo de la Rule 144A/Regulación S. Los QIB que adquieren valores restringidos al amparo de la Rule 144A pueden revenderlos inmediatamente a otros QIB.

¿Es necesario que los inversores Reg S estén acreditados?

La Reg S es un excelente complemento de la Reg D porque permite a los inversores no estadounidenses invertir en una empresa estadounidense o en una empresa no estadounidense en las mismas condiciones que la Reg D, pero sin el requisito de ser inversores acreditados (adinerados).

¿Es la 144A pública o privada?

La Norma 144A (formalmente 17 CFR § 230.144A) es una norma de la Comisión del Mercado de Valores (SEC) que permite a los compradores de valores en una colocación privada revender sus valores a compradores institucionales cualificados (QIB) en determinadas condiciones.

¿Quiénes pueden negociar valores 144A?

compradores institucionales cualificados
La SEC sólo permite a los compradores institucionales cualificados (QIB, por sus siglas en inglés) negociar valores con arreglo a la Rule 144A. Estas instituciones son grandes organizaciones sofisticadas cuya principal responsabilidad es gestionar grandes carteras de inversión con al menos 100 millones de dólares en valores.

¿Son líquidos los títulos 144A?

Los bonos de la norma 144A se limitan a la negociación entre inversores institucionales cualificados y, por lo tanto, son intrínsecamente menos líquidos que los bonos corporativos registrados.

Qué es el Reglamento D

El Reglamento D impone exigencias de reservas a determinados depósitos y otros pasivos de las instituciones de depósito2 con el único fin de aplicar la política monetaria. Especifica cómo deben clasificar las instituciones de depósito los distintos tipos de cuentas de depósito a efectos de las exigencias de reservas.

¿Para qué se usa el Reglamento D?

El Reglamento D permite a las empresas que realizan determinados tipos de colocaciones privadas captar capital sin necesidad de registrar los valores en la SEC. El Reglamento D de la SEC no debe confundirse con el Reglamento D del Consejo de la Reserva Federal, que limita las retiradas de fondos de las cuentas de ahorro.

¿Qué significa RegD?

El Reglamento D es una normativa federal que impone ciertos límites al número de transferencias o reintegros que los afiliados pueden realizar desde sus cuentas de ahorro, club y mercado monetario.