¿Cuál de los siguientes documentos debe constar por escrito en virtud de la Ley de Fraudes?

Los contratos que deben constar por escrito en virtud de la ley de fraudes incluyen: contratos de hipoteca o arrendamiento de terrenos y edificios. Los acuerdos para una venta en la que el precio total sea de 500 $ o más están obligados por la UCC, a constar en un contrato por escrito.