Explicación de los intereses transferidos: A quién beneficia y cómo funciona
La participación en los beneficios es un concepto que se discute a menudo en el mundo de las finanzas, sobre todo en relación con el capital inversión, el capital riesgo y los hedge funds. Se trata de una parte de los beneficios obtenidos por los socios generales de estos fondos, y desempeña un papel crucial a la hora de alinear los intereses de los socios generales con los rendimientos del fondo. En esta completa guía, profundizaremos en los detalles de la participación en los beneficios, analizando a quién beneficia y cómo funciona.
¿Qué son los intereses transferidos?
La participación en los beneficios se refiere a una parte de los beneficios que se paga a los socios generales de los fondos de capital inversión, de capital riesgo y de cobertura. A diferencia de los socios comanditarios, que invierten capital en el fondo, los socios colectivos son los responsables de gestionar las inversiones del fondo y de tomar las decisiones estratégicas. La participación en los beneficios es una forma de compensación de incentivos que se concede a los socios generales en función de su función y rendimiento, y no de su inversión inicial en el fondo.
Uno de los principales objetivos de la participación en los beneficios es alinear los intereses de los socios colectivos con los de los socios comanditarios. Al ofrecer una participación en los beneficios, se motiva a los socios colectivos para que tomen decisiones de inversión que generen altos rendimientos para el fondo. Por lo general, las participaciones sólo se pagan si el fondo alcanza un rendimiento mínimo conocido como tasa crítica de rentabilidad.
Cómo funcionan los intereses transferidos
Los intereses transferidos constituyen la principal fuente de remuneración de los socios generales de los fondos de capital inversión, de capital riesgo y de cobertura. Suele estructurarse como un porcentaje de los rendimientos del fondo y suele fijarse en torno al 20%. Esto significa que si el fondo genera beneficios, los socios generales recibirán el 20% de los mismos en concepto de intereses transferidos.
Es importante tener en cuenta que los intereses son distintos de la comisión de gestión que cobran los socios colectivos. Mientras que la comisión de gestión es una comisión anual fija que cubre los costes operativos del funcionamiento del fondo, los intereses devengados sólo se obtienen si el fondo alcanza una rentabilidad mínima acordada previamente. Esta estructura incentiva a los socios generales a centrarse en generar mayores rendimientos para el fondo.
Sin embargo, los intereses no están garantizados. Si los resultados del fondo son insuficientes y no se alcanza la tasa crítica de rentabilidad, es posible que los socios colectivos no reciban ninguna participación. En algunos casos, si el rendimiento del fondo no está a la altura de las expectativas, los socios comanditarios pueden tener derecho a recuperar una parte de la participación ya pagada a los socios colectivos para cubrir el déficit.
El periodo de devengo es otro aspecto importante de la participación en los beneficios. Se refiere al periodo durante el cual los socios colectivos pueden reclamar íntegramente su parte de la participación. A menudo, el periodo de devengo abarca varios años, lo que garantiza que los socios generales sigan comprometidos con el éxito del fondo a largo plazo.
Fiscalidad de los intereses transferidos
La fiscalidad de las participaciones ha sido objeto de debate y controversia. En la mayoría de los casos, los intereses transferidos se tratan como un rendimiento de la inversión y se gravan como una ganancia de capital a largo plazo en lugar de como ingresos ordinarios. Este tratamiento permite a los socios colectivos beneficiarse de un tipo impositivo más bajo sobre los intereses devengados.
Las plusvalías a largo plazo suelen estar sujetas a un tipo impositivo más bajo que los ingresos ordinarios. Según la legislación fiscal actual, el tipo máximo para las plusvalías a largo plazo es del 20%, mientras que el tipo máximo para los ingresos ordinarios puede llegar al 37%. Los críticos sostienen que este trato fiscal preferente permite a los ricos del sector financiero aplazar y reducir sus obligaciones fiscales.
Los defensores del statu quo sostienen que el tratamiento fiscal de los intereses transferidos es comparable al de otras formas de ingresos de inversión, como las inversiones empresariales de “capital riesgo”. Argumentan que los riesgos y esfuerzos asumidos por los socios generales justifican el tratamiento de las plusvalías.
Vale la pena señalar que las leyes fiscales relativas a los intereses trasladados han evolucionado con el tiempo. En 2017, la Ley de Recortes y Empleos Fiscales aumentó de un año a tres años el período mínimo de tenencia para que las participaciones transferidas puedan acogerse al tratamiento de plusvalías a largo plazo. El Servicio de Impuestos Internos (IRS) también ha publicado directrices y reglamentos relacionados con la tributación de los intereses trasladados.
Conclusión
La participación en los beneficios es un componente fundamental de la estructura de remuneración de los socios generales de los fondos de capital inversión, de capital riesgo y de cobertura. Alinea los intereses de los socios generales con los rendimientos del fondo y les incentiva a tomar decisiones de inversión que generen grandes beneficios. Aunque los intereses transferidos han sido criticados por su tratamiento fiscal preferente, sus defensores sostienen que es una recompensa justa por los riesgos y esfuerzos asumidos por los socios generales. Entender cómo funciona el carry interest es esencial tanto para los inversores como para los profesionales del sector a la hora de navegar por el mundo de las inversiones alternativas.
Preguntas y respuestas
¿Qué son los intereses aplazados?
Las participaciones se refieren a una parte de los beneficios que se paga a los socios generales de los fondos de capital inversión, capital riesgo y fondos de cobertura. Es una forma de compensación de incentivos que alinea los intereses de los socios generales con los rendimientos del fondo.
¿Quién se beneficia del carry interest?
Los intereses transferidos benefician a los socios generales de los fondos de capital inversión, de capital riesgo y de cobertura. Constituyen su principal fuente de remuneración y les incentivan a tomar decisiones de inversión que generen altos rendimientos para el fondo.
¿Cómo se calculan los intereses transferidos?
Los intereses transferidos se calculan normalmente como un porcentaje de los rendimientos del fondo, que suele situarse en torno al 20%. Si el fondo genera beneficios, los socios generales reciben el 20% de los mismos en concepto de intereses transferidos.
¿Están garantizadas las participaciones?
Las participaciones no están garantizadas. Normalmente sólo se pagan si el fondo alcanza un rendimiento mínimo acordado previamente, conocido como tasa crítica de rentabilidad. Si los resultados del fondo son insuficientes y no alcanza la tasa crítica de rentabilidad, es posible que los socios colectivos no reciban ninguna participación.
¿Cómo tributan las participaciones?
En la mayoría de los casos, los intereses transferidos se consideran ganancias de capital a largo plazo y tributan a un tipo inferior al de los ingresos ordinarios. El tipo impositivo máximo para las plusvalías a largo plazo es actualmente del 20%. Sin embargo, la fiscalidad de los intereses trasladados ha sido objeto de debate y se han producido cambios en las leyes fiscales que la regulan.
¿Cuál es el periodo de devengo de los intereses trasladados?
El periodo de adquisición de derechos se refiere al periodo durante el cual los socios colectivos pueden reclamar íntegramente su parte de las participaciones transferidas. Suele estructurarse en varios años, lo que garantiza que los socios colectivos sigan comprometidos con el éxito del fondo a largo plazo.
¿Pueden recuperarse las participaciones?
En algunos casos, si el rendimiento del fondo no está a la altura de las expectativas, los socios comanditarios pueden tener derecho a recuperar una parte de la participación ya abonada a los socios colectivos para cubrir el déficit. Esta disposición ayuda a proteger los intereses de los socios comanditarios y garantiza la rendición de cuentas por los resultados de los socios colectivos.